El TFJA suspendió temporalmente la ejecución de un crédito fiscal contra el exgobernador de Quintana Roo; la medida no cancela el adeudo ni las restricciones de origen penal que pesan sobre algunos de sus bienes.
El litigio entre Roberto Borge Angulo y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) continuará abierto, luego de que la autoridad fiscal impugnó la suspensión que frenó temporalmente actos de cobro contra el exgobernador de Quintana Roo por un crédito fiscal cercano a 3.9 millones de pesos.
La Sala Quintana Roo del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) concedió a Borge la suspensión definitiva dentro del juicio de nulidad 447/26-20-01-8, promovido contra actos de la Administración Desconcentrada de Recaudación de Quintana Roo 2.
La resolución representa una medida favorable para Borge mientras se resuelve el juicio, pero no significa que el crédito fiscal haya sido cancelado ni que el tribunal haya determinado definitivamente que el cobro del SAT sea ilegal.
La autoridad hacendaria promovió un recurso de reclamación contra la suspensión, por lo que ahora también deberá resolverse esa impugnación.
El procedimiento tiene como antecedente el embargo fiscal reportado este año sobre cuatro propiedades vinculadas al exmandatario —tres en Cozumel y una en Playa del Carmen— ante un reclamo por aproximadamente 3 millones 897 mil pesos en impuestos federales.
Sin embargo, el litigio fiscal constituye sólo una parte de la situación jurídica de esos bienes. Algunos registran además medidas derivadas de procedimientos penales iniciados desde años anteriores, por lo que la suspensión obtenida frente al SAT no necesariamente elimina otras restricciones judiciales.
El caso fiscal tampoco modifica los procesos penales que enfrenta el exgobernador.
Borge permanece en prisión domiciliaria por la causa federal relacionada con operaciones con recursos de procedencia ilícita. Separadamente, fue absuelto en primera instancia del delito de delincuencia organizada, resolución que fue apelada por la Fiscalía General de la República y continúa bajo revisión judicial.
Así, Borge consiguió detener temporalmente la ejecución fiscal, pero no eliminar el adeudo reclamado. El fondo del juicio deberá determinar si los actos impugnados del SAT se mantienen, modifican o quedan sin efectos.





